Uno de los errores más comunes es no notificar al SAT con la anticipación requerida, lo que podría invalidar la deducción fiscal. También es importante elaborar un inventario completo y detallado, ya que una documentación deficiente puede generar problemas en auditorías. Además, la falta de evidencia documental, como fotografías, videos o certificados de destrucción, puede dificultar la justificación del proceso ante la autoridad fiscal.
Este proceso es recomendable cuando los bienes han perdido su valor comercial, ya sea porque están obsoletos, dañados o simplemente no tienen demanda. También es una opción cuando el costo de almacenamiento supera el valor de los bienes o cuando documentos han cumplido su ciclo de vida útil y requieren eliminación segura.
Sí, es obligatorio notificar al SAT al menos 30 días antes de realizar la destrucción fiscal. Esta notificación debe incluir detalles sobre los bienes a destruir, la fecha, el lugar y la hora de la destrucción. Si no se cumple con este requisito, la empresa podría perder el derecho a deducir los bienes destruidos de sus impuestos.
Se pueden someter a la destrucción fiscal aquellos bienes que han perdido su valor comercial o que ya no son útiles para la empresa, como inventarios obsoletos, productos defectuosos, o documentación que ya no tiene relevancia fiscal o legal.
Sí, es obligatorio. Al contratar a una empresa especializada en destrucción de bienes garantiza que el proceso se realice conforme a las normativas legales y medioambientales. Estas empresas suelen proporcionar un certificado de destrucción, que es un documento clave para respaldar la deducción fiscal.
Debes conservar toda la documentación relacionada con el proceso, incluyendo:
Esta documentación es esencial en caso de que el SAT requiera una auditoría o verificación del proceso.
Si no sigues el proceso de destrucción fiscal conforme a lo estipulado por la ley, podrías enfrentar varias consecuencias, como:
Es por esto que es fundamental seguir cada paso del proceso al pie de la letra.
Sí, puedes realizar la destrucción fiscal en cualquier momento del año, siempre y cuando sigas el procedimiento adecuado, incluyendo la notificación al SAT con 30 días de anticipación. Sin embargo, es importante planificar la destrucción en función de las necesidades operativas y fiscales de tu empresa.
La destrucción fiscal permite deducir el valor de los bienes destruidos de la base gravable de tu empresa, lo que puede reducir el monto de los impuestos a pagar. No obstante, es crucial que el proceso se realice de manera correcta para que esta deducción sea aceptada por el SAT.
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